¿Qué son las licencias o permisos retribuidos?

¿Qué son las licencias o permisos retribuidos?

Las licencias laborales retribuidas son unos permisos de duración determinada durante los que el trabajador sigue percibiendo su salario como si hubiera acudido al puesto. Es importante solicitarlo con antelación y comunicárselo a la empresa.

Tipos de permisos retribuidos:

  1. Permiso por matrimonio: 15 días naturales para aquellos empleados que se casen o formalicen una reunión con su pareja de hecho, estos días comienzan a contar a partir del día del matrimonio.
  2. Permiso de paternidad o maternidad: en este caso el empleado puede acogerse a un subsidio que ampara a los trabajadores que se ausenten legalmente del puesto durante los días contemplados.
  3. Permiso por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar: aquí le corresponden al empleado 2 días de licencia retribuida y 4 en el caso de que sea necesario un desplazamiento.
  4. Permiso por mudanza: en función de la empresa se puede solicitar un justificante, este permiso tiene la concesión de un único día
  5. Permiso por deberes públicos: suele solicitarse cuando hay elecciones para poder ir a votar, el trabajador tendrá licencia para faltar el tiempo indispensable para cumplir con su deber.
  6. Permiso por exámenes: en caso de que el trabajador se esté formando podrá obtener un permiso retribuido para acudir al examen durante el tiempo necesario.
  7. Permiso para preparar el parto: es obligatorio justificarlo a la seguridad social, la trabajadora tendrá una licencia por tiempo indispensable para realizar estas técnicas de preparación.

n la extinción del contrato de trabajo por cumplimiento de la edad legal de jubilación siempre y cuando tengan derecho al cien por cien de la pensión de jubilación.

MEJORA EN LA PROTECCIÓN DE AUTÓNOMOS

Existe una novedad en la obligatoriedad de la cobertura de contingencias. Habrá un incremento del 1,25% en las aportaciones de la base mínima de cotización, que son 944,40 euros. Y, en cuanto a la tarifa plana, si se cotiza por base mínima, se establece en 60 euros.

PROTECCIÓN POR DESEMPLEO

Queda prorrogado el Subsidio Extraordinario por Desempleo. Hasta ahora tenía un carácter temporal, siendo renovado semestralmente hasta que la tasa de desempleo se situara por debajo del 15%. Como la encuesta de Población Activa del tercer trimestre del año mostraba un índice por debajo de este porcentaje, el subsidio desaparecería el próximo 4 de enero. Por ello, y para no dejar desamparados a las personas que han agotado su prestación por desempleo, dicho subsidio se prorrogaría indefinidamente y se desvincularía de la tasa de desempleo.

Si necesitas saber cómo repercutirán estas medidas a tu compañía o te gustaría realizar una consultoría y contarnos cuáles son tus dudas… ¡Contacta con nosotros!



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